Nuevas restricciones al vuelo con dron ADIF
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DRON: Nuevas restricciones al vuelo con dron por ADIF

"prohibición a 100 metros de distancia por cada lateral de todas las vías ferroviarias y a 120 metros de altura"

UN PAÍS QUE SE LAS TIENE JURADA A LOS PILOTOS DE DRON

Empezamos el año 2025, y ya tenemos publicadas nuevas restricciones para el mundo de los drones. Hace pocos días nos hemos encontrado con otra nueva modificación en el mapa de Enaire drones (mapa que debes consulta siempre antes de volar tu dron), sobre una nueva capa de restricción. Esta vez, sobre todas las vías de tren de España y en donde te indican, si quieres volar cerca o sobre esta zona, que debes de consultar la web de ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), una entidad pública empresarial que se encarga de gestionar las líneas ferroviarias de España, para que puedas informarte sobre la regulación que exigen y solicitudes que hay que cumplir, con respecto al uso de UAS / drones, si vas a volar dentro de su área y sus nuevos límites establecidos. Esta entidad, ya venía trabajando desde hace unos años, sobre este tema e intentando hacerlo más prohibitivo aún de lo que ya se había aprobado en el Real Decreto Ley UAS 517/2024 del 04 de junio 2024 (con entrada en vigor el 25 junio 2024), para el uso de estas aeronaves no tripuladas.

Tener en cuenta si vas a volar tu dron cerca a una vía de tren:

En el mapa de Enaire drones, nos encontramos con información a tener en cuenta cuando clicamos un punto en concreto donde queremos volar nuestro dron. Dependiendo de la zona, nos aparece una lista detallada de restricciones para la operación y, en el caso de las vías ferroviarias, nos indica que debemos consultar la página web de ADIF.

¿Cuáles son esas restricciones para el vuelo de dron?

Esto es lo que nos indica ADIF:

«Una vez identificada la infraestructura en cuyas cercanías se va a realizar el vuelo, compruebe si se encuentra en:

ZONA DECLARATIVA, donde los operadores cumplirán con las condiciones preestablecidas. Se deberá remitir una declaración responsable, debidamente firmada, donde se indicará que su operación cumple los requisitos aprobados. Dicha declaración responsable deberá ser remitida al email facilitado por ADIF/ADIF AV, con una anterioridad previa al vuelo de al menos 20 días. Se dispone de un formato de declaración responsable de obligado uso.

ZONA DE PERMISO REQUERIDO, donde los operadores deben solicitar permiso para el vuelo y cumplir todas aquellas condiciones que se establecen para el mismo. La solicitud deberá ser remitida al email facilitado por ADIF/ADIF AV, con al menos 20 días antes de la operación. La solicitud realizada deberá contar con la autorización favorable por escrito de ADIF /ADIF AV para poder llevar a cabo el vuelo solicitado. En caso contrario, dicha operación no está autorizada.

Se detalla a continuación la definición geométrica de ambas zonas, teniendo en cuenta las tres casuísticas de aplicación desarrolladas (Infraestructura ferroviaria lineal, subestaciones eléctricas y otras infraestructuras ferroviarias puntuales, y particularidades de puentes y viaductos) así como las limitaciones operacionales y los condicionantes que afectan a los operadores, pilotos y aeronaves UAS, para cada una de las dos zonas anteriormente comentadas.»

Nuevas restricciones al vuelo con dron ADIF
Nuevas restricciones al vuelo con dron ADIF
Nuevas restricciones al vuelo con dron ADIF

Si quieres profundizar más y leerte el documento para que estés al día, puedes acceder a él a través del enlace que nos deja ADIF al final de su página, sobre los Requisitos de los vuelos en las zonas UAS particulares de la zona ADIF

Además, en la misma página podemos encontrar el Modelo de declaración responsable para vuelos en zona declarativa, así como un Plan de respuesta a la Emergencia, en caso tengamos algún incidente o accidente.

Logo ADIF

LA ASOCIACIÓN DE PILOTOS DE DRONES

Felizmente existe una Asociación Nacional de Pilotos de Drones (ANPD), que representa a todos los pilotos de drones recreativos o profesional, para favorecer el vuelo de UAS y que las regulaciones sean acordes a la peligrosidad de cada operación, que sabemos que están haciendo lo posible para que las leyes regulatorias actúen con sentido común, sean más permisivas acorde a las situaciones que se presentan.
Puedes visitar su página web y ver cuáles son sus objetivos, quiénes son y quiénes conforman la junta directiva, así como las diferentes acciones que ya han venido haciendo desde hace un tiempo en defensa de todos nosotros, los operadores y pilotos de drones.

logo_ANPD

CONCLUSIÓN

Como pilotos de drones y únicos responsables de nuestras operativas aéreas, tenemos que tener en cuenta la situación que se nos presenta y, aunque el tema no pinte bien en algunas cosas, en otras sí que nos ha ayudado el nuevo Real Decreto UAS 517/2024. 
Recordar que, hay que tener cuidado al momento de volar nuestros drones y no exponernos a alguna posible sanción por no cumplir con el reglamento. Sí, injusto, sin razón y desmedido, pero que lamentablemente tenemos que cumplir. Siempre hay una salida y algún otro lugar donde poder disfrutar de nuestra pasión. Que no frenen esa ilusión que despertó en ti, y que hizo que te interesaras en este fabuloso mundo.

Saludos compañero y, ¡buen vuelo!

Esperamos que hayas disfrutado de este artículo. ¡Hasta la próxima!

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